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La importancia de abrir una sucesión en Uruguay

Una de las razones más recurrentes por la que no es posible asignar una hipoteca es la no tramitación de la sucesión, lo que impide acreditar quienes son realmente los herederos de un bien inmueble.

Veamos cómo y cuándo corresponde abrir una sucesión.

Este trámite se debe realizar cuando una persona fallece, o se ausenta por un período de cuatro años, sin que se tenga información alguna sobre su existencia, y previo juicio y sentencia judicial que declare su ausencia.

Por lo tanto, el difunto o declarado ausente, transmite todos los bienes y deudas que tenía y pasa a los herederos ya sea por un testamento existente o a falta de este, lo determinará la ley. Las desventajas de no realizar este trámite es que no se tiene certeza de quienes son los herederos, ni de los bienes resultantes sobre los cuales recae.

El proceso sucesorio permite realizar la partición o en su falta enajenar o hipotecar un bien inmueble perteneciente a la herencia. Esto sólo se puede transmitir la propiedad de dicho bien a los dueños declarados una vez finalizado el proceso sucesorio.

Al momento de abordar la sucesión el escribano estudiará lo siguiente:

1º.) Si hay un testamento


2º.) Qué personas y derechos figuran dentro del testamento


3º.) Considerará las personas que heredan según la ley, que en su orden son:
 En primer orden heredan los hijos; en segundo, los padres o abuelos y cónyuges;
en el tercer orden, hermanos legítimos e hijos adoptivos; en el cuarto orden, padre o madre adoptante y colaterales (tíos y primos) y por último en el quinto orden el Estado.

En cuanto a la obligación o el derecho a recibir la herencia ésta, se puede aceptar pura y simplemente aunque lo más recomendable es aceptarla bajo el beneficio de inventario, para evitar que en caso de que haya más deudas que bienes tener que cubrir la deudas con el patrimonio propio.

Esto, sin perjuicio de poder repudiar la herencia. Igualmente existen causales de indignidad que la ley determina y de heredación que se establezcan en las disposiciones testamentarias que impidan en consecuencia recibir la herencia.

Los trámites y gastos que implica un proceso sucesorio comienzan con un trámite para solicitar información al Registro de Testamento para saber si el fallecido realizó un testamento. Luego se presenta un escrito ante el juzgado a fin de comenzar el trámite que implica acreditar la muerte y ubicar a eventuales acreedores y presuntos herederos que se desconozcan. También se debe realizar una relación de los bienes y deudas para obtener finalmente una resolución del juez dónde declare a los herederos y bienes hereditarios. Esta resolución se llama “Certificado de resultancia de autos”, se inscribe en el Registro Público si hay bienes.
También hay que realizar el pago del impuesto a las Transmisiones Matrimoniales y advertir que se tiene un año de plazo para su pago a partir de la muerte del causante, ya  que pasado dicho plazo se generarán multas y recargos.